Varitas de virtud

21. Varitas de virtud

Archivo Histórico Casa Morelos, Siglo XVIII, Caja: 1235, exp. 21, Fondo: Diocesano, Sección: Justicia, Serie: Inquisición, 1746.

Transcripción: Dalia Maricruz Daniel Antolín

Cecilia Yeraldine Molina Valladares

Cecilia López Ridaura

[f. 1r]

[cruz]

N 1

San Miguel el Grande, año de 1746.

Denuncia conttra don Joseph de Villela y don Francisco Vibanco.

[f. 2r]

[Encabezado izquierdo:]

Recibida en el Santo Ofizio de la Ynquisición de Méxco en seis días del mes de junio de mill setezientos quarenta y seis años, estando en audiencia de la mañana, el señor ynquisidor Tagle, quien asiste solo [rúbrica].

 

[cruz]

Viva Jesús

Ilustrísimo señor

Selebraré el que a el recibo de esta Vuestra Señoría se alle en buena salud ofreciendo la que gozo buena a Dios las gracias, a la obediencia de Vuestra Señoría Ylustrísima.

Señor: remito esas diligencias que por orden del señor comissario de esta villa, licenciado Juan Manuel Villegas, por auto fue executado porque su merced, por sus ocupaciones y la muerte de su hermano, doctor Ygnacio Villegas, alguasil del Santo Oficio, que murió el día tres de maio, y también porque se fue a la ciudad de Valladolid a ver a su Ylistrísima, el señor obispo, no las pudo executar, [¿entegrari?] las aia io asentado. Vuestra Señoría Ilustrísima perdonará los hierros y me los corregirá. Io deseo asentar van también esos papeles de esas oraciones, y cuentas y essas ojas. Las cuentas están mui exparsidas en esta villa. Vuestra Señoría Ilustrísima mandará lo que fuere servido. Yo quedo siempre obediente a sus órdenes y pidiendo a la Magestad Divina guarde la mui importante vida de Vuestra Señoría Ilustrísima para el aumento en la santa fee y su defensa. San Miguel y maio 13 de 1746 años. Su rendido súbdito y seguro capellán que le venera y besa las manos.

Martín Samudio, nottario, revisor y expurgador del Santo Oficio [rúbrica].

 

[f. 3r]

En la villa de San Miguel el Grande en veinte y seis días del mes de abril de este presente año de mill setesientos y quarenta y seis años, por la tarde, ante el señor comissario del Santo Oficio de esta dicha villa, paresió sin ser llamado y juró en forma que dirá la verdad un hombre que dijo llamarse Juan Joseph Gonsales, casado, de oficio de barbero, español, vesino de dicha villa, de edad de treinta años, el qual, por descargo de su consiencia dice y denuncia que avrá como quinse días, poco más o menos, estando en la plaza de los gallos, como a las onse y media de la mañana, le oió decir a un hombre que le preguntó a Joseph Villela –viudo, vesino de esta villa, que del nombre de quien le preguntó a Joseph Villela no se acuerda–: “¿en qué an parado ustedes con las varitas?”. A que respondió: “y han hecho sus hollos y no han allado nada”. Preguntó el que declara: “¡Qué modo de varitas son esas?” y respondió Villala y dijo que eran dos varitas que juntas las teníqan con ambas manos y resaban el credo, y que estas, a el tiempo que se resaba, se inclinaban a un lado y allí escarbaban a fin de buscar minas o plata, porque esta virtud tenían. A que respondió el hombre de cuio nombre no se acuerda y le dijo que si no era chistiano para qué creiia en las varitas, y dijo Villela que él cría en el en el [sic] credo, nomás que en las varitas no, que eso aia con Guillermo y Peñaranda que eran los que andavan con las varitas. Entonses el que declara dijo que creen en el credo revuelto con las varitas, a que no respondieron nada y se rieron. Que todos estaban en su entero juicio y aunque avían varias personas no atendieron a lo que estaban. Y esta es la verdad por el juramento que tiene echo. Y siéndole leído, dijo que estaba bien escrito y que no lo dise por odio. Y añade que el hombre de cuio nombre no se acuerda de dijo a Villela: “¡Pues no dicen que se lo dijeron al señor cura?”, que respondió Villela: “No se lo habrán dicho, pues no los ha llamado”. [f. 3v] Y esto es todo lo que pasó. Y lo firmó de su nombre y prometió el secreto.

Juan Joseph González [rúbrica].

Pasó ante mí, Martín Samudio, nottario, revisor y expurgador del Santo Oficio [rúbrica].

 

En dicho día, mes y año, yo, el licenciado don Juan Manuel de Villegas, cura beneficiado de esta villa, calificador y comissario del Santo Oficio, por allarme inbarazado y para que esta diligencia no se dilate, doi comición a el padre don Martín Samudio, notario, revisor y expurgador de dicho Santo Oficio para que pueda seguir esta diligencias y examinado los contestes con el padre don Juan Hipólyto de Aguado, así mismo notario del Santo Oficio. Y por que assí conste, lo firmo.

Juan Manuel de Villegas [rúbrica].

 

En la villa de San Miguel el Grande en veinte y siete días del mes de abril de mil setessientos y quarenta y seiss años, por la mañana, entre las diez y onze de dicho día, paresió ante el padre Martín Samudio, presvítero del oratorio de San Phelipe Neri, notario y revisor del Santo Oficio por comisión y orden del comisario licenciado don Juan Manuel Villegas, siendo llamado, don Joseph Villela, español, viudo y becino de dicha villa. Y preguntado si sabe o presume la causa por la que ha sido llamado, dijo no saber la causa por que fue llamado. Y abiéndosele apuntado la denuncia antecedente, dijo que es verdad que en la plasa de los gallos contó a otros que tubo en sus manos unas varitas que llaman de virtud para que señalen dónde ai dinero enterrado, con la sircunstancia de resar el credo teniéndolas juntas en las manos. Y que de facto abiendo tomado las dichas baritas él y don Francisco Bivanco, quien resó el credo, se comensaron a mober y declinar a donde desían abía dinero, esto es unidas para donde se presumía estar el dinero, y donde no abía dinero, se desunían y quedaban abiertas, pero pendientes de la punta todas quatro que es el número de que se componen y que quien las tralla y se las dio fue don Nicolás de Peñaranda vesino de esta villa y oficial de platero, y que les dijo a dicho don Francisco Bivanco y a Nicolás de Peñaranda, después de aver visto lo que tiene referido, que él no creía en abu[f. 4r]siones sino sólo en el credo. Y que esta es la verdad por el juramento que tiene echo. Y siéndole leído su dicho, dijo que está bien escrito y que no tiene que añadir, y que no lo dise por odio. Prometió el secreto y lo firmó de su nombre.

Joseph Anttonio Villela [rúbrica]Martín Samudio, nottario, revisor y expurgador del Santo Oficio [rúbrica].

Pasó ante mí, Juan Hipólito Aguado, notario del Santo Oficio [rúbrica].

 

En la villa de San Miguel el Grande a veinte y ocho del mes de abril de mil setesientos y quarenta y seis años, día juebes en la tarde, ante el padre Martín Samudio, por mandado del señor comisario licenciado don Juan Manuel de Villegas, paresió siendo llamado y juró en forma que dirá verdad, un hombre que dijo llamarse Francisco Miguel Bibanco, estudiante, español, de edad de veinte y sinco años. Y preguntado si sabe o presume la causa por que a sido llamado, dijo que no sabía ni presumía para qué lo era. Y abiéndole apuntado de las antecedentes denunsias, dijo acordarse aber tenido en sus manos unas baritas que desían tener virtud para descubrir dinero, con las cuales resó el credo, ave maría y salve por aber dicho quien se las dio se había de resar el credo y él añadió las demás oraciones. Y que abiéndoles escondido un peso, se inclinaron las dichas baritas que eran quatro para donde estaba el peso. Que dichas baritas eran de Nicolás de Peñaranda y que abiéndole echo fuerza el mobimiento sobrenatural, me balí de don Francisco Marroquín para que las pidiera y luego que las consiguió fuimos ambos a enseñárselas a los bachilleres don Baltasar de los Reyes y don Phelipe, su hermano, y don Christóval de Aguado, quien dijo que abisaría a el señor comisario del Santo Oficio. Y abiéndosele leído su dicho, dijo que estaba bien escrito y esta es la verdad por el juramento que tiene echo y que no lo dise por odio. Prometió el secreto y firmólo de su nombre.

Francisco Miguel Vivanco [rúbrica].

Martín Samudio, nottario, revisor y expurgador del Santo Oficio [rúbrica].Pasó ante mí, Juan Hipólito Aguado, nottario del Santo Oficio [rúbrica].

En la villa de San miguel el grande en primero del mes de maio de mil setesientos y quarenta y seis años, por la mañana, a las nuebe del día, ante el padre Martín Samudio, notario revisor y espulgador del Santo Oficio por orden del señor comisario, licenciado don Juan Manuel Villegas, comisario de Santo Oficio desta dicha villa, paresió siendo llamado don Nicolás de Peñaranda, su oficio: maestro de platero, soltero, de edad de treinta [f. 4v] y quatro años, el qual, por descargo de su consiencia dijo y fuele preguntado si sabe o presume la causa por que a sido llamado, respondió que presume será para saber dél tocante a unas baritas que tubo en su poder y las ubo de Juan Guillermo Baca, quien las consiguió de don Julián, vesino de de [sic] Guanajuato. Y que dicho Guillermo y el contenido escribieron a dicho real para el fin de conseguirlas por aber oído desir que con ellas se descubrían tesoros. Y que abiendo venido dicho don Julián a esta villa, trajo las dichas baritas, con las que hisieron barias esperiencias de las quales el mismo que declara las tomó en sus manos y abiendo ocultado quatro pesos y unas cucharas de plata, resó el credo teniendo él y Martín Betancur, oficial de platero y vesino desta villa, las dichas baritas, comensaron a moberse para donde tenían escondido el dinero y las cucharas de plata. Y que después, para sersiorarse, fueron a casa de Nicolás Joseph, oficial de her[r]ero, donde desía aber visto una lus o llama, para que señalara el lugar donde se presumía aber dinero y ejecutaron la misma diligencia que antes con dichas baritas y no allaron nada después de aber cabado a donde señalaban las baritas, por lo qual dijo el que declara que era una patarata, pues no descubría donde señalaba. Y que abiéndole echo fuerza el mobimiento sobrenatural de dichas baritas, le preguntó a Juan Guillermo que si se abía informado de dicho don Julián de dónde le benían esta virtud, y que le respondió que desía don Julián que en España se usaba de ellas para descubrir tesoros y que el modo de fabricarlas era que una donsella iba a una palma y las cortaba el primer viernes de marzo y se las entregaba a un sacerdote y que éste las labrava en los tres viernes susecuentes, y que después las ponía sobre de un ara y que decía missa sobre dichas baritas, y se quedaban en dicho lugar asta selebrar otra ves el Santo Sacrificio de la missa; y que desta suerte quedaban con la virtud dicha. Y preguntado dicho don Nicolás si tenía en su poder dichas baritas, dijo que las tenía Juan Guillermo, a quien se las debolvió. Y que esta es la verdad por el juramento que tiene echo. Y siéndole leído, dijo que estaba bien escrito y que no lo dice por odio; prometió el secreto y firmólo de su nombre.

Nicolás Palazios y Peñaranda [rúbrica].

Martín Samudio, nottario revisor y expurgador del Santo Oficio [rúbrica].

Pasó ante mí, Juan Hipólito Aguado, nottario de Santo Oficio [rúbrica].

 

[f. 5r]

En la villa de San Miguel el Grande a dos días del mes de maio de mil setesientos y quarenta y seis años, por la mañana, ante el padre Martín Samudio, notario, revisor y expurgador del Santo Oficio, por orden del señor comisario del Santo Oficio, licenciado don Juan Manuel de Villegas, paresió siendo llamado y juró en forma que dirá verdad, un hombre que dijo llamarse Juan Guillermo Sisneros y Baca, y oficio maestro de sirujano, casado, vesino de dicha villa de edad de sesenta y uno años, el qual, por descargo de su consiencia dice y denuncia que el día juebes treinta y uno de marzo de este presente año, estando en esta villa y preguntádole si sabe o presume la causa por que a sido llamado, dijo que presume será para saber dél tocante a unas baritas que en dicho día jueves treinta y uno de marzo en dicha villa, trajo de Guanajuato un don Julián ....de Castilla, el qual fue en compañía de don Nicolás de Pañaranda ..... y llevó dichas baritas asiéndome relación de la virtud que tenían y de el modo que se fabricaban, que descubrían tesoros ocultos cojidas en las manos todas quatro y que teniéndolas dos en las manos, resando el credo, se mobían y inclinan para donde está el tesoro, y no abiéndolo se ........ partes. Y que le informó el dicho don Juli+an que en España ..... aprobadas por la Santa Ynquisición, que el modo de haserlas era el cortarlas una doncella de una palma y que se las entregaba a un sacerdote y esta las labraba en los quatro primeros viernes de marzo, y que el día Jueves Santo las ponía debajo de el ara asta el Domingo de Pasqua se cantaba misa sobre ellas y después las sacaba de debajo del ara y las llebaba a la sacristía y las bendecía y las entregaba a su dueño. Y que abiendo echo el mensionado don Nicolás Peñaranda y otros en compañía de don Julián barias pruebas dentro y fuera desta villa y no aber descubierto nada, olló desir que  sólo abían sacado tres guesos de muerto y que el que declara dijo ser todo ficticio?, que el don Julián al tiempo de su partida de dejó las dichas baritas con la condición de todo lo que con ellas descubriera se hisieran quatro partes, la una para ......, la otra para el dueño de las baras, la otra para el dueño del sitio donde se alla el tesoro y la otra para los descubridores, y que teniendolas en su casa y siendole presiso? salir de esta fuera villa luego que ...... grande nobedad de los que pretendían dichas baritas por lo que las guardó y llebó consigo y en el camino se le perdieron, y que las tiene encargadas y luego que las alle las entregará a el señor comisario del Santo Oficio. Y esta es la verdad por el juramento que tiene echo y siéndole leído, dijo que está bien escrito y que no lo dise por odio. Y prometió el secreto y firmó de su nombre.

Juan Guillermo Sisneros y Baca [rúbrica]

Martín Samudio, notario revisor y expurgador del Santo Oficio [rúbrica]

Pasí ante mí, Juan Hipólito Aguado, nottario del Santo Oficio [rúbrica]

 

[f. 5v]

Ratificación del primer denunciante.

En la villa de San miguel el Grande en sinco días del mes de maio de mil setesientos y quarenta y seis años, ante el padre Martín Samudio, presvítero del oratorio de San Phelipe Neri, notario revisor y espurgador del Santo Oficio por orden del señor comisario licenciado don Juan Manuel de Villegas de esta villa, paresió Juan Joseph González, de estado casado, de oficio maestro barbero, vesino de dicha villa, de edad de treinta años, el qual, estando presentes por onestas y religiosas personas clérigos presvíteros el padre don Joseph Enrríquez de Coria, de dicho oratorio, y el padre don Martín Ygnacio de Yriarte, que tienen jurado el secreto, fue recevido juramento en forma y prometió decir verdad. Preguntado si se acuerda aber dicho su dicho ante algún jues contra persona alguna sobre cosas tocantes a la fee, dijo se acuerda aber dicho su dicho ante el señor comisario desta villa, licenciado Juan Manuel Villegas, el día veinte y seis de abril de este presente año de mil setesientos y quarenta y seis años, y refirió en sustansia lo en él contenido. Y pidió se lo leyesen. Fuele dicho que se le asía saber que el señor fiscal del Santo Oficio le presenta por testigo ad perpetuam rei memoriam en una causa que trata contra la persona que trai unas baras que dice tener virtud de descubrir thesoros. Y siéndole leída de verbo ad verbum su dicho arriba contenido, [dijo] que lo abía oído y entendido, dijo que aquello era su dicho y él lo avía dicho según se le abía leýdo, y estaba bien escrito y asenta[do], y no abía que alterar, añadir no enmendar porque como estaba escrito hera la verdad y en ello se afirmaba y afirmó, ratificaba y ratificó, y si era necesario lo desía de nuevo el dicho contra la persona que traía dichas baras. Y que no lo desía por odio, sino por descargo de su consiencia. encargósele el secreto en forma, prometiólo y lo firmó de su nombre.

Joseph González [rúbrica].

Martín Samudio, nottario, revisor y expurgador del Santo Oficio [rúbrica].

Joseph de Coria [rúbrica].

Fray Martín Ygnacio de Yriarte [rúbrica].

Pasó ante mí, Juan Hipólito Aguado, nottario del Santo Oficio [rúbrica].

 

[f. 6r]

Primer conteste.

En la villa de San Miguel el grande, en seis días de maio de mil setesientos y quarenta y seis años, por la tarde, conparesió, siendo llamado, ante el padre Martín Samudio, notario, revisor y expurgador del Santo Oficio por orden del señor comisarios de4l Santo Oficio licenciado don Juan Manuel Villegas, don Joseph Villela, español, viudo y vesino de esta villa, que dijo ser de edad de treinta y nuebe, el qual, estando presentes por onestas y religiosas personas clérigos presvíteros el padre don Joseph Enrríquez de Coria, del oratorio de Señor San Phelipe Neri desta villa, y el bachiller don Martín Ygnacio Yriarte, que tienen jurado el secreto, fue resevido juramento en forma y prometió desir verdad. Y preguntado si se acuerda aber depuesto ante algún jues contra persona alguna sobre cosas tocantes a la fee, dijo se acuerda aber dicho su dicho ante el padre Martín Samudio, notario revisor y espurgador del Santo Oficio contra don Nicolás Peñaranda tocante a unas baritas de virtud con las quales dicen se descubre thesoros, y refirió en sustancia su dicho. Y pidió se le leiese de nuebo. Fuele dicho que se la ase saber que el señor fiscal del Santo Oficio le presenta por testigo ad perpetuam rei memoriam en una causa que trata con el dicho Peñaranda; que esté atento y se le leerá su dicho. Y le fue leído de verbo ad verbum y que lo abía oído y entendido y dijo que aquello era su dicho y él lo abía dicho según se le abía leýdo; y estaba bien escrito y asentado, y no abía que alterar, añadir o enmendar porque como estaba escrito era la verdad y en ello se afirmaba y afirmó, ratificaba y ratificó, y si necesario era lo dedecía [sic] de nuevo contra el dicho Peñaranda, no por odio, sino por descargo de su consiencia. Encargósele el secreto en forma, prometiólo y lo firmó de su nombre.

Joseph Anttonio Villela [rúbrica]

Martín Samudio, nottario, revisor y expurgador del Santo Oficio [rúbrica].

Joseph de Coria [rúbrica].

Fray Martín Ygnacio de Yriarte [rúbrica].

Pasó ante mí, Juan Hipólito Aguado, nottario del Santo Oficio [rúbrica].

 

[f. 6v]

Segundo conteste.

En la villa de San Miguel el Grande, a siete días del mes de maio de mil setesientos y quarenta y seis, por la mañana, comparesió siendo llamado ante el reverendo padre Martín Samudio, notario revisor y espurgador del Santo Oficio por orden del señor comisario licenciado don Juan Manuel de Villegas, don Francisco Miguel Bibanco, español y estudiante de edad de vainte y sinco años y vecino desta villa, el qual, estando presentes por onestas y religiosas personas clérigos presvíteros el padre don Joseph Enrríquez de Coria, del oratorio de Señor San Phelipe Neri y el bachiller don Martín Yriarte, que tienen jurado tacto pectore el secreto, fue resevido juramento en forma y prometió desir verdad. Y preguntado si se acuerda aber depuesto ante algún jues contra persona alguna sobre cosas tocantes a la fee, dijo se acuerda aber dicho su dicho ante el padre Martín Samudio, notario revisor y espurgador del Santo Oficio, y refirió en sustancia lo en él contenido. Y pidió se leiese. Fuele dicho que se la ase saber que el señor fiscal del Santo Oficio le presenta por testigo ad perpetuam rei memoriam en una causa que trata con don Nicolás de Peñaranda como lo depuso en su denuncia; que esté atento y se le lerá su dicho, y si en él ubiere que alterar o enmendar, lo aga de manera que en todo diga la verdad y se afirme y ratifique en ella, porque lo que ahora digere parará perjuicio a el dicho Peñaranda. Y le fue leído de verbo ad verbum el dicho arriba contenido. Y siéndole leýdo y haciendo dicho que lo abía oído y entendido, dijo que aquello era su dicho y él lo abía dicho según se le abía leýdo; y estaba bien escrito y asentado, y no abía que alterar, añadir o enmendar porque como estaba escrito era la verdad y en ello se afirmaba y afirmó, ratificaba y ratificó, y si necesario era lo decía de nuevo contra el dicho Peñaranda, no por odio, sino por descargo de su consiencia. Encargósele el secreto en forma, prometiólo y lo firmó de su nombre.

Francisco Miguel Vivanco [rúbrica].

Martín Samudio, nottario, revisor y expurgador del Santo Oficio [rúbrica].

Joseph de Coria [rúbrica].

Martín Ygnacio de Yriarte [rúbrica].

Pasó ante mí, Juan Hipólito Aguado, nottario del Santo Oficio [rúbrica].

 

[f. 7r]

Tercer conteste.

En la villa de San Miguel el Grande, a nuebe días del mes de maio de mil setesientos y quarenta y seis años, por la mañana, comparesió ante el reverendo padre Martín Samudio, por orden del señor comisario del Santo Oficio, siendo llamado don Nicolás de Pañaranda, vesino de esta villa, español y maestro de platero, soltero, de edad de treinta y quatro años, el qual, estando presentes por onestas y religiosas personas clérigos presvíteros el padre don Joseph Enrríquez de Coria y el bachiller don Martín Ygnacio Yriarte, que tienen jurado tacto pectore el secreto, fue resevido juramento en forma; prometió desir verdad. Preguntado si se acuerda aber depuesto ante algún jués contra persona alguna sobre cosas tocantes a la fee, dijo se acuerda aber dicho su dicho ante el padre Martín Samudio, notario revisor y espurgador del Santo Oficio, contra don Julián, vesino de Guanajuato, y refirió en sustancia lo en él contenido. Y pidió se leyese. Fuele dicho que se la ase saber que el señor fiscal del Santo Oficio le presenta por testigo ad perpetuam rei memoriam en una causa que trata con el dicho don Julián; que esté atento y se le lerá su dicho, y si en él ubiere que alterar, añadir o enmendar, lo aga de manera que en todo diga la verdad y se afirme y ratifique en ella, porque lo que aora digere parará perjuisio a el dicho son Julián. Y le fue leído de verbo ad verbum el dicho arriba contenido. Y abiendo el dicho don Nicolás dicho que lo abía oído y entendido, dijo que aquello era su dicho y él lo abía dicho según se le abía leýdo; y estaba bien escrito y asentado, y no abía que alterar, añadir o enmendar porque como estaba escrito era la verdad y en ello se afirmaba y afirmó, ratificaba y ratificó, y si era necesario lo decía de nuebo contra el dichodon Julián, no por odio, sino por descargo de su consiencia. Encargósele el secreto en forma, prometiólo y lo firmó de su nombre.

Nicolás Palazios de Peñaranda [rúbrica].

Martín Samudio, nottario, revisor y expurgador del Santo Oficio [rúbrica].

Joseph de Coria [rúbrica].

Martín Ygnacio de Yriarte [rúbrica].

Pasó ante mí, Juan Hipólito Aguado, nottario del Santo Oficio [rúbrica].

 

[f. 7v]

Quarto conteste.

En la villa de San Miguel el Grande, a nuebe días del mes de maio de mil setesientos y quarenta y seis años, por la mañana, comparesió siendo llamado Juan Guillermo Sisneros y Baca, maestro de sirujano y vesino desta villa, ante el padre Martín Samudio, notario y revisor del Santo Oficio por orden del señor comisario licenciado don Juan Manuel de Villegas, el que dijo ser casado y de edad de secenta y un años, el qual, estando presentes por onestas y religiosas personas clérigos presvíteros el padre don Joseph Enrriques de Coria, del oratorio de Señor San Phelipe Neri, y el bachiller don Martín Ygnacio de Yriarte, que tienen jurado tacto pectore el secreto, fue resevido juramento en forma y prometió desir verdad. Preguntado si se acuerda aber depuesto ante algún jues contra persona alguna sobre cosas tocantes a la fee, dijo se acuerda aber dicho su dicho ante el padre Martín Samudio, notario revisor y espurgador del Santo Oficio, contra don Julián, vesino de Guanajuato y refirió en sustancia lo en él contenido, y pidió se leyese. Fuele dicho que se le ase saber que el señor fiscal del Santo Oficio le presenta por testigo ad perpetuam rei memoriam en una causa que trata con el dicho don Julián; que esté atento y se le lerá su dicho, y si en él ubiere que alterar, añadir o enmendar, lo aga de manera que en todo diga verdad, y se afirme y ratifique en ella, porque lo que aora dixere parará perjuicio a dicho don Julián. Y le fue leýdo de verbo ad verbum el dicho arriba contenido. Y siéndole leýdo su dicho, dixo que lo abía oýdo y entendido, y dixo que aquello era su dicho y él lo abía dicho según se le abía leýdo; y estaba bien escrito y asentado, y no abía que alterar, añadir o enmendar porque como estaba escrito era la verdad, y en ello se afirmaba y afirmó, ratificaba y ratificó, y si necesario era lo decía de nuebo contra el dicho don Julián, no por odio, sino por descargo de su consiencia. Encargósele el secreto en forma, prometiólo y lo firmó de su nombre.

Juan Guillermo Sisneros Baca [rúbrica].

Martín Samudio, nottario, revisor y expurgador del Santo Oficio [rúbrica].

Joseph de Coria [rúbrica].

Martín Ygnacio de Yriarte [rúbrica].

Pasó ante mí, Juan Hipólito Aguado, nottario del Santo Oficio [rúbrica].