Clasificación anterior: Leg. 2, exp.
Año: 1774
Lugar: San Miguel el Grande
Resumen:
Autos de la acusación hecha contra María Teresa.
94. Hechicerías. Lienzo con figuras.
Archivo Histórico Casa Morelos, Siglo XVIII, Caja 1241, exp. 94, Fondo: Diocesano, Sección: Justicia, Serie: Inquisición, Sub-serie: Hechicería, 1774.
Transcripción: Janelory Yunuen Barbosa Garibo
[f.1r]
En San Miguel el grande año de 1774
El señor Ynquisidor Fiscal del santo oficio contra María Theresa la Moya, mulata por supersticiosa
Registrada
[f.1v]
En blanco
[f.2r]
[nota superior izquierda]
Santo oficio de México abril 26 de 1774. Señores inquisidores Vallejo y Ortigosa
[nota superior derecha]
Recorrase el reavierto en caveza de la denunciada y con lo que resulte formados autos paren al señor inquisidor fiscal [rúbrica]
[nota inferior izquierda]
Recorrido el reavierto en caveza de María Theresa la Moya, no ren___ contra ella. Ybarra [rúbrica]
Mi señor, aviendo paresido ante mi sin ser llamado, Miguel Gerónimo Anaya me manifestó en un pedaso de cobense unas figuras pintadas que van con la diligencia, diciendo las ayaron bajo de una losa o pieles sercandose alvino un ______ o huerto que tiene en su casa María Theresa la Moya que se tiene por _____ y otros dicen ser mulata. Avisele mo era bastante aquel indicio pues, otra persona pudo aver ocultado las figuras que dichos y echos particulares se avían de denunciar y esto en toda forma ante nottario del santo oficio. Fuesse y volvió después con el pliego que ba por principio y sirve de denuncia y en su vista concurrió el actual nottario y presentó otro pliego que dixo le pidió a Joseph de la Virgen Granados, quien avía denunciado de dicha María Theresa desde el año pasado de mil setecientos sesenta i tres.
Todo le fue leydo y manifestado y manifestado el pedasso de lienso y sus pinturas que reconoció y declaró en el número 1 y se siguieron las diligencias como ban para que en su vista mande vuestra señoría lo que facer de su superior agrado.
Son todos de la jurisdición de Chamaquaro y aunque se haye relación de averla tenido yo en depossito quando vivió en mi jurisdición no lo tengo [f.2v] [Cruz] presente, ni manifestaron cosa perteneciente al santo oficio. Los indios que dicen son los maestros y ser del pueblo de Jitla pertenece al curato de Apaseo serca de la ciudad de Selaya y es quanto puedo informar a vuestra señoría juntamente con aver advertido que los idios que han declarado, son bastantemente ladinos, y es prueba el que dos firmaron sus declaraciones cuias ratificaciones no todas ban al pie de las de el porque como son de _____ por no detenerlos según venían se asentaban sus dichos y fue presisso dejar algunas oraciones sin intermission que todo sea a gloria de Dios, deseo y pido a su divina magestad __- de a vuestra señoria para aumento de nuestra santa fee _-. Villa de San Miguel y abril 19 de 1779
____-- beso la mano de vuestra señoría, su servidor súbdito y capellan
[la firma se tapa con la mano]
Juan Villegas??
[F.3r]
[nota al margen sin transcribir porque no entiendo]
[cruz]
Señor cura licenciado don Juan Manuel de Villegas:
Señor. I Miguel de Anaya vezino del puesto nombrado el purgatorio jurisdicción del pueblo de Chamacuero puesto a los que nombrado con el rendimiento leuido digo: que aunque considero que aquella es diueria jurisdicción que esta de San Miguel , no por eso en el caso presente, omito el poner esta tan devida denuncia en el recto tribunal de vuestra merced como comissario del santo ofisio, donde merese versarse el punto siguiente.=======
Y es que desde ahora y para siempre denunsio real y verdaderamente de María Thereza la Moya, muger que es de Juachin de Anaya, ambos vecinos y assistenta en dicho puesto del purgatorio, por tal hechicera, lo primero para que no se presuma pasión mía, es de advertir que no tan sólo entre los vecinos del mensionado puesto la tratan, ven y tienen por tal hechicera sino en Chamacuero y todas aquellas contiguas haciendas como que ya al publia voz y forma de sus procederes:
Sea lo segundo que habrá como un mes pero más o menos, que haviendo llamado la referida Matía Thereza Moya a Albino Granados y a Vicente el ortelano, ambos así mismo vecinos del purgatorio, para que le hisieran un sercado de baras en el , patio de su cassa [F.3v] para resguardo de su jardinsito, estos mozos estando haziendo dicha serca vieron que inmediato a una mata grande de yerbabuena estava una loza la qual les dio la gana de moberla y allaron que debajo de dicha loza estava un lienzo con unas figuras pintadas en él y cada figura con su rotulo (el qual lienzo tengo ya manifestado a vuestra merced) y quando la referida María Thereza buscó dicho lienzo y no lo encontró, se hizo cargo que los referidos lo habrían sacado, se apersonó a perdirselos y como ellos le negaron haverlo visto, los amenazó diziendoles que si algo se les ofresía de ella sobre el asumpto, todo habían de pagar juntos poruqe ella havía de desir que ellos eran complises con ella.
Sea lo terzero que haviendo estado en mi cassa Francisco Coreque maestro sapatero, vezino de esta villa de San Miguel, le di el mensionado lienzo para que lo manifestara a vuestra merced y en dos noches que lo tuvo en su cassa experimentaron el y su muger un grandissimo estamendo sobre su cassa por manera que la segunda noche se salieron fuera por parecerles que se les venía la casa ensima y este está prompto a declararlo ante vuestra merced bajo la religión del juramento ____ y quando que fuere llamado.
Sea lo quarto que haviendo combidado la sobredicha María Thereza Moya a [f.4r] Bernave [Francisco] Mondragon antes vezino en el potrero y oy en Chamacuero para que fuera con ella al pueblito de Ystla se quedaron allá aquella noche y después de que la dicha María Thereza Moya lo alojo en la cosina de la cassa donde pararon, se lebantó dicho Bernave [tachado Francisco] Mondragon porque oyó sonar una vihuela y llevado de la musicca, se llegó a la capilla de los indios caseron y rempujando la puerta que estava emarejada, dicho a la referida María Thereza Moya, entre dos indios baylando y quien quente lo vieron se suspendieron volteando la vihuela boca abajo en el suelo de lo qual quede muy azorado y dise que en todo tiempo se ratificará en todo lo que vio.
Sea lo quinto que estando viviendo la dicha María Theresa Moya amansevada como quien ze aze antes mas que menos con Mathías Guerrero vezino en la muza del purgatorio partido de esta villa y que haviendo estado esta por orden a vuestra merced depositada en esta villa por esta causa se huyó del depósito y luego se la llevó el dicho Mathias Guerrero y al cavo de quatro o sinco meses bolvió ella sola a su cassa con su marido sin que persona alguna mediara para que su marido la reciviese, el qual no hizo la mas minima demostrasion siendo assí que hera de tal condusión que no sufría nada y oy se halla tan [f.4v] trocado que el referido Mathias Guerrero entra y sale a su cassa sin que el marido le estorva nada.
Todo lo qual señor, es lo que hasta la presente se protestando que lo mas que supiere denunciarlo como hasta aquí lo que juro en toda forma por Dios nuestro señor y la señal de la santa cruz no ser de tal malisia y que espero en su magestad que para remedio de alunos contra su santa fee aprenhendida que sea la persona de María Thereza Moya la denunciada y corridas las diligencias secretas que el punto pido bajo sus declarasion y de ella no dejara de descubrir vuestra merced mucho mas de lo poco referido. Dios lo remedio y no de su santa gracia aquien pido nos guarde la importante vid de vuestra merced los muchos años que para extir por tanto daño se necesita.
Señor comisario del santo tribunal
Guarde a los pies de vuestra merced rendido como devo
[nombre no legible]
Miguel de Anaya [rúbrica]
Pasó ante mi
Manuel Ignacio de Olguera-- [rúbrica]
Notario del santo oficio
[f.5r]
[cruz]
[Encabezado superior]
Señor don cura veneficiado juez ecleciastico, vicario general y comisiari del santo offis[io] don Joseph Antonio de la Vía.
Señor:
Yo don Joseph de la Virgen Gonzales de Carique, marido lexitimo de Bernarda Antonia García, ambos vecinos en el puerto nombrado el rincón del purgatorio, juriscción de Chamaquero, puerto de la obediencia de vuestra merced. Con el rendimiento devido digo: que aunque concidero que aquella es diversa jurisdicción, que esta de Querétaro no por esso en el casso presente omito el poner esta tan debida denuncia en el recto tribunal de vuestra merced como comissario de el santo officio, donde merese versarse el punto siguiente.
Y es que desder a hora y para siempre denuncio real y verdaderamente de María Theresa la Moya, muger que es de Juachin de Analla, ambos vecinos y avitantes en dicho puerto por tal echisera, lo primero porque para que no se presuma pación mía, es de advertir que no tan solo entre los vecinos del mencionado puesto la tratan, ven y tienen por tal echisera, sino en Chamaquero y todas aquellas contiguas haciendas, como que ya es pública voz y fama de sus prosederes.
Sea lo segundo, que en tiempo de quinze años que ha que soy cassado con mi dicha esposa, nunca ha padecido los accidentes tan estraños que a como quatro años que tiene, pues a esta, ni cuidados ni médicos ni medicamentos casseros le han podido hazer y es que por embidia de la dicha María Theresa que ha tenido de verme en tan dulce unión con mi esposa me la tiene enechisada. Digolo assí porque llevándola a curar a un rancho nombrado Faxardo, un hijo mío, se topó con un curandero quizá y sin quizá de su mismo vivir. Porque este solamente con una vevida de llervas la sanó (por aquellos días) y al tiempo de venirse mi esposa del puesto dicho de Faxardo le dijo a ella claramente estas formales voses: señora, ya usted va quasi sana pero para que usted acabe de sanar en quanto llegue a su cassa vusque usted entre unos maguelles que [f.5v] están frentero de ella varios muñecos de diversas personas que assí mismo tiene en tan miserable estado entre los quales está el de usted y sacado que fuera sanaría total. Punto que no execute luego que lo supe timido de tales abusos lo que sabido solo entre mi esposa y yo quizo ella desirselo a la citada María Theresa, mas como ella con su diabilico arte lo supo aun no bien mi esposa pretendió estando en su preciencia decírselo quando la dicha la fue arrebatando de los cabellos dandole de guntadas como muy sentida de haverse puesto con otro de su ___ en cura por lo que a resultado a hora mi esposa mas mala que antes. Para esto solamente lo que en cassa he oydo es que de parte de noche encima de mi cassa como es de xacal ay un ruido como de un animal grande arrastrando las alas de punta a punta salimos a ver lo que es y nada se percive. Con que para que esto se verifique lo mas que debo y puedo hazer en solicitar al dicho curandero por no conocerlo pero vajo de cuerda lo haré para que este como uno de los que saben el casso como que es complisse en todo aprehendido que sea declarando mucho mas y mas lentamente sus abusos pero para proceder vuestra merced como juez determinará si puedo llevar carta de auxilio para los jueses de aquel partido o a ellos se les remite para quando yo de aviso procedan a la execucuón de las personas que combengan.
Sea lo tercero, porque es notorio que a como quatro años, poco más o menos, que estando maleficiada Cacilda de tal, muger que fue de Juan Antonio Ruvio (ambos diffuntos) vino un curandero de San Miguel a curarla como de facto lo hizo aunque no la puso en salud porque decía el que en la cuesta que viene de San Miguel para el citado puesto del rincón le salían a atajar, pero siempre declaró dicho curandero que la echisera era la predicha María Theresa y que sus encantos los tenía entre los maguelles. Sobre esta razón que llegó a oydor del marido de la dicha María Theresa se opusso con el curandero, replicole este que su muger era la mal echora que se lo haría constante ante justicia, se combinieron a ello y a el llegar al pueblo de Chamaquero donde se iva a veziar este punto lo que hizo el marido de María Theresa la echisera denunciada, Juachin de Analla, fue el quitarle la vida al citado curandero porque no declarase, este estubo un poco de tiempo retraído, compusso y después sin saber con que ma___ resultó otra ves María Theresa con el marido estando en captura__ donde con otro hombre se havia huido, que todo es claro y notorio [f.6r] en aquel partido y tomada ___ declaraciones por la persona a quien ____________.
Sea lo quarto, porque estando enechizados Marcos de Analla, Gertrudis de Analla, su tía y Marina Ruvio, que todos viven en dicho puesto del Rincón que estando parados unos curanderos (por noticia que bebieron) en el puesto nombrado del Rosales, pretendieron ir a verse y lo que sacaron en conclución de haverse estado con ellos como ocho días porque se fueron como ______ y huidos el que la ya mencionada María Theresa los tenía maleficiados como más lentamente contara por declaración juratoria que vajo de sijilo se les tome.
Más digo en este quarto capítulo, que dijeron los curanderos que la María Theresa tenía un perro (como lo tiene) que le sirve de entraste en la cassa de los de aquel puesto, para darle razón de quanto en ella passa, que este es de color aplomado y blanco de buen porte.
Sea lo quinto. Que haviendo tenido una ystoria la dicha María Theresa con theresa de tal muger que es de Don Joseph Geuman, que oy viven, resultó de ella, que la pacion del pleyto fue porque no quiso dicha Theresa de tal, aprender ni acompañarla a sus ciegos abusos, lo que passó y declararan con más substancia [al margen ] Luis Moya [en el texto] Romano Geuman Bentura Rayos y Vicente ___ a más de otros vezinos que lo oyeron como que esta rea ya es corupta en aquel puesto.
Sea lo sexto. Porque quando la dicha María Theresa se huyo de la captura que llevo referida, le dijo (delante de mi dicha muger y Juana Gertrudia de Analla) una hija suya nombrada [al margen ___ de las de Anaya] Juana que su __ [tachado] carbón y cogía cenisa y la rebolbia [tachado con agua] vendita y se la echara en las espaldas a su marido para que no viera su maldades y para saber dónde se hayaba quando salía fuera como assí lo declarara.
Sea lo séptimo, que estando Anna de Anaya para ponerse en estado con un vezino de dicho puesto y estar este punto solo sabido entre los dos passo dicha María Theresa a la cassa de Miguel de Anaya, su primo, de dicha Anna y le fue preguntando [f.6v] con que te cassas con fulano? Con que las carnistolendas te presentas? Ella negó lo bastante, pero la denunciada le replicó, no me lo niegues? Mira que ya se que en tu caxa tienes veinte pesos para hazerlo, no hagas tal cossa, hasme el gusto de maldecirlo solamente tres vezes y a estos dichos que tanto apuraba María Theresa le dijo Anna, tu como eres echisera quieres que lo maldiga, no quiero, a esto respondió ella, como corrida, si lo soy Dios me allude e y se fue.
Todo lo qual señor en lo que hasta la presente sé, protestando que lo más que supiere denunciarlo como hasta aquí, lo juro en toda forma por Dios nuestro señor y la señal de la cruz, no ser de tal malicia y que espero en su magestad que para remedio de abusos contra la santa fee. Aprehendida que sea la persona de María Theresa la denunciada y corridas las cecretas deligencias que el punto pide vajo sus declaraciones de ellas no dejará de descubrir vuestra merced mucho más de lo poco referido. Dios lo remedie y nos de su santa gracia a quien pido nos guarde la importante vida de vuestra merced los muchos años que para extirpar tanto daño se necesita.
Querétaro y diciembre 19 de 1763 años.
Señor juez comissario del santo tribunal
Quedo a los pies de vuestra merced rendido como debo.
Joseph de la Virgen Gonzales de Granados [rúbrica]
Juan Manuel de Villegas[rúbrica]
Pasó ante mi Manuel Ignacio de Elguera [rúbrica]
Notario del santo oficio
[f. 7r]
[al margen izquierdo ilegible]
[cruz]
Miguel Gerónimo de Anaya subrayado
En la villa de san Miguel el grande en veinte uno de marzo de mil setesientos setenta y quatro años, por la mañana paresió sin ser llamado, un hombre de calidad mulato que dijo llamarse Miguel Gerónimo de Analla vesino del puesto que nombran del Purgatorio, jurisdicción del pueblo de San Francisco de Chamaquero, quien hiso juramento a Dios y a la señal de la cruz de desir berdad en todo lo que le fuere preguntado y siéndolo sobre el haber traído escrita una denunsia contra María Teresa la Molla casada con Joachin de Analla, de calidad que dise ser española y asistentes en dicho puesto del Purgatorio dixo ser sierto el haber presentado al señor actual comissario la dicha denunsia que esta firmada de su puño y agregó otra que el año pasado de sesenta y tres hiso Josep de la virgen Gonzales Granados. Hai mismo se le manifestó un pedasi de lienzo en que están unas figuras que son las mismas que presentó dicho Miguel Gerónimo de Analla y las mismas que refiere se sacaron najo de la losa del bejelito de la dicha María Teresa que todo lo dicho y declarado bajo de juramento lo hase par descargo de su consiensia, sin que le mueba odio, pasión, mala boluntad de enemistad y lo firmó con dicho señor comisario de que doi fee.
Juan Manuel de Villegas [rúbrica]
Miguel Gerónimo de Anaya [rúbrica]
Francisco María Cruz Coreque [rúbrica]
Passó ante mi:
Manuel Ignacio de Olguera[rúbrica]
Notario del santo oficio
[al margen _____ n. 8]
En dicho día paresió siendo llamado Francisco de la Cruz Coreque de ofisio zapatero casado con María Teres, yndio ladino besino del puesto nombrado Guadiana en esta dicha villa. Quien hiso juramento por Dios nuestro señor y la señal de la santa cruz en todo lo que supiere y fuere preguntado y siéndole dicho si sabía la causa para que él ha llamado, dijo sería para lo que sae de María Teresa de Moia besina del Purgatorio casada con Joachin de Analla que habiendo al dicho [f.7v] puesto del Purgatorio ido a la casa de Miguel Gerónimo de Analla este le dio un lienzesito con unas figuras y le dixo lo había allado en el berjelito de la dicha María Teresa a que se lo dio a el que declara para dar la denunsia que lo trajo a su casa y poco más de las dies de la noche , poco mas de las dies de la noche (repetido) que habrá poco más de quinse días bió frente de su casa un animal grande que no distinguió que animal era que comenzó a echar agua bendita por su casa el liensesito. Que la segunda noche como a la media noche oió caer sobre el techo de su casa a un animal grande, comenzó a alabar a María santísima porque le paresió que del techo a el suelo caiba. En la tersera noche que estando durmiendo soño que se le enudaba un biboron en el pesqueso, dispertó y no se haió nada, que habrá poco más de quinse días que bajaron a casa de quien se declara Mi el lienzesito que guel Gerónimo de Anaia y Joset de la virgen Granado, a quien entregó el lienzesito que siempre el que declara había traído en la bolsa.
Que ha oído desir que la dicha María Teresa de Analla tiene mala fama de echisera que está es la berdad so cargo del juramento que tiene hecho siéndole leída esta su declaración en que se ratificó. Declaró ser de edad de sesenta años y no tocanle las generales de la lei y no firmó por no saber firmar y lo firmó dicho señor comisario de que doi fee.
Juan Manuel de Villegas [rúbrica]
Beso la mano de vuestra merced ___- ____
Pasó ante mi
Manuel Ignacio de Elguera [rúbrica]
Notario del santo oficio
[margen inferior izquierdo] Conteste N.3
En dicho día por la tarde paresió siendo llamado un hombre que dixo llamarse Bernabé Antonio Mondragón de calidad mulato libre de edad de beinte y quatro años besino del pueblo de san Francisco de Chamaquero, soltero, de ofisio cochero. Preguntado para que es llamado respondió que sería para lo que sabe de María Teresa [f.8r] de Analla que esta dixo se lo pidió a la madre de quien declara para que la acompañara a la hasienda de Ystla que allí le dixo estaban los que le debían en el pueblito de Ystla para donde se fueron en la cueste se apeó ella del caballo en que iban y a poco andar se encontró con dos indios que no conoce el que declara, que le dixo dicha María Teresa se duera a un jacal que allí la esperara que aquellos le iban a enseñar dónde estaba el natural que le debía, que se fueron y se metieron a una capillita que esta serca del jacal a donde se metieron _________________________ de la oración se fue el que declara a la capillita ___ en que hasian y haió a los tres indios y a la muger que antes de entrar ___ una guitarra que abrió la puerta y entonces la bolteo bocabajo y la dicha María Teresa estaba sentada entre dos indios y el otro estaba asiendo una rueda en el suelo y en medio de ella estaba un cabo de bela ensendida. Que luego le dixo a la dicha María Teresa a el que declara, bete que estoy esperando a el que me debe, que luego se fue para el jacal el que declara y la declara María no paresió en toda la noche asta otro día por la mañana, hasta las seis y se binieron, que ni el que declara le dixo cosa, ni ella le dixo nada. Que esto es la verdad en que se ratifica bajo del juramento que tiene hecho y no firmó por no saber y lo firmó dicho señor comisario de que doi fee.
Juan Manuel de Villegas [rúbrica]
Francisco María Cruz Coreque [rúbrica]
Passó ante mi:
Manuel Ignacio de Olguera[rúbrica]
Notario del santo oficio
[margen izquierdo conteste N. __]
En dicho día paresió siendo llamado Francisco Rodríguez de calidad mulato de oficio zapatero, de edad de cinquenta y ocho años, casado con María Gertrudis Romero de calidad mulata, quien hizo juramento a Dios y a la santa cruz de responder a lo que supiera y le fuere preguntado y diciéndolo so [f.8v] bre si tenía noticia para lo que era llamado, respondió sería para dar razón de un recaudo que le había dado María Teresa la Molla y se ___ a que habiendo ido a comprar sigarros a la casa de la dicha María Teresa, esta le dixo estando a solas, que le dijera a Miguel de Analla y a Josef de la virgen Gonzáles Granados que lla sabía en lo que handaban que dos indios habían estado con su marido y le habían echo sabidor de todo, que si habían de jurar ocho días dejarían quatro, que así se los dijera que ella estaba libre pero ellos lo pagarían. Y esto dixo ser la berdad so cargo del juramento que tiene hecho, en que ratificó y no firmó porque dixo no saber y lo firmó dicho señor comissario de que doi fee.
Juan Manuel de Villegas [rúbrica]
Francisco María Cruz Coreque [rúbrica]
Passó ante mi:
Manuel Ignacio de Olguera[rúbrica]
Notario del santo oficio
[margen izquierdo] conteste N. 5
En la villa de San Miguel el grande beinte y tres días del mes de marzo de mil setesientos setenta y quatro años, paresió siendo llamado Josef de la virgen Gonzáles Granados quien dixo llamarse así y ser de calidad yndio casique, originario de la ciudad de Santiago de Querétaro y besino del rincón que llaman del Purgatorio, de más de treinta años a esta parte, casado con Bernarda Antonia del Catillo, quien hizo juramento a Dios y a la señal de la santa cruz de desir verdad en todo lo que supiere y le fuere preguntado y siéndolo sobre si era firma sulla en un pliego de papel algo matratado, con fecha de nuebe de diciembre del año pasado de setenta y tres, dixo que si __ de su mano y pluma y la que acostumbra echar.
Preguntado que por qué había entregado este pliego de papel a Miguel de Analla, dixo que porque se lo fue a pedir por ser sabidor de esta denunsia que tenía hecha desde fecha de dicho papel.
Preguntado por qué expresando el papel que la de [f.9r]nunsia se había ante el señor comissario del santo ofisio bachiller don Josef Antonio de la Via, cura de la ciudad de Santiago de Querétaro, no se habían seguido las diligensias a que respondió que lo mismo que esta en el papel que entrega y se le ha manifestado a Miguel de Analla contiene el que presento al dicho señor comissario de Querétaro, quien le dixo despacharlo carta a el señor cura de Chamaquero señor don Josef ____ de Samarripa, para que le hisiera jutisia, que la la misma noche del día que llegó a su casa como a las dies de la noche acostándose se estira a su mujer, pasada la media ora bolbio en si y a la madrugada se fue a Chamaquero a ver a el señor cura, amanesiendo llegó y lo bido le dixo que si podía haser ante su merced la denunsia de María Teresa y le respondió que no, que fuera a ver a don Luis Radilla que es notario del santo ofisio la ejecutó luego y hizo _____ que si se la podía presentar que le presentó un tanto que saó del que le presentó a el señor cura de Querétaro y el que tiene entregado a Miguel de Analla que pasados dies días le bolbio a la muger del que declara a dar otro letargo, en que estubo como una ora, que a ese tiempo sintió como que un animal arrastraba las alas de punta a punta por el techo del jacal que salió con piedras en la mano y no bido nada que se fue a amanecer a el pueblo de Chamaquero a traer un confesor que entrando a la casa del señor cura bido el señor don Luis Padilla y le dixo eso ba adelante, preséntame un papel como el que me presentaste, ratificándote de lo dicho que lo hizo, así luego, el mismo día que quando el confesor fue ia la muger estaba moliendo que lo regaña el padre que iba a confesar a su esposa, por aiarla buena que el dicho señor don Luis Padilla le pidió testigos y respondió el que declara que con la misma _____ o papel dice le presentó ______________ le obligaba a entregárselas lo que oi no por haber pasado tanto tiempo que no le volvieron Gblar más sobre el megosio porque se mudó a Querétaro. Preguntado por qué no bolbió a ocurrir a el señor [F.9v] comissario de Querétaro dixo que por haberse enfermado y haber estado algunos años con dibersas enfermedades.
Preguntado que, por qué aora se abía vuelto a susitar esta denunsia dixo que porque habrá cosa de beinte días su compadre Miguel de Analla le manifestó un lienzesito que sacaron de un berjelito de la dicha María Teresa que en esta ocasión dixo el que declara se lo llebara a el señor cura de Chamaquero y el dicho Miguel de Analla le dixo susederá lo mismo que con la denunsia que hiso usted maras que entonces le dixo pues bamonos a san Miguel beremos a el señor cura como de facto así lo isimos y nos dixo dicho señor cura a quien entregué dicho lienzesito que nos dixo a mi y a mi compadre que hiseran la denunsia como se debía ante notario del santo ofisio que paresieran los que sacaron el lienzesito on esta se fueron volvieron después y trajo Miguel de Analla un papel que contiene algo del que paraba en poder del que declara donde sacaron la cabeza y parrato final del dicho papel que quedó en poder del que declara el que después le pidió dicho Miguel Gerónimo qien lo presentó a dicho señor comissario y es el mismo que reconsí de mi puño y tengo hecho relación como también haora digo como Francisco Rodrígues abrá cosa de cinse días poco más o menos me iebo un recado de dicha María Teresa de Molla en que desía a el que declara y a su compadre Miguel de Analla que la sabía en lo que andaban para prenderla que presa le fuera si habían de durar ocho días durarion quatro que don indios del pueblito de Ystla de la jurisdicción de Apaseo el uno llamado Ilario y el otro Gaspar habían estado con el marido de María Teresa y ellos isieron sabidor al marido de la denunsia en que andaban y le añadieron que no se le diera na [F.10r] da que ai estaban ellos que acabarían con todos. Que el haber sabido los nombres de los yndios fue por haberse encontrado en un puesto que llaman la Villa de Talpa con un hombre a quien preguntó Diego de Bargas que se alló presente quando Francisco Rodríguez llevó el recado y preguntó quiénes eran esos dos yndios y dixo que esos ______________ declararon los nombres que tiene declarados que todo lo que tiene dicho es la berdad que se ratifica, se cargo del juramento que tiene hecho lo que no dise por pasión, odio ni _____ por lo que tiene manifestado y por que habrá cosa de beinte días que se bolbió a enfermar la muger del que declara y en todo lo que tiene dicho se ratifica y lo firmó con dicho señor comissario de que doi fee.
Juan Manuel de Villegas [rúbrica]
Josef de la Virgen Gonzales Granados [rúbrica]
Passó ante mi:
Manuel Ignacio de Olguera [rúbrica]
Notario del santo oficio
[Al margen izquierdo] Número 6
En la villa de san Miguel el grande en nuebe días del mes de abril paresió siendo llamado por la tarde Juan ________________ soltero, ladino, besino del rincón que llaman el Purgatorio, quien preguntado si sabía para que era llamado, dixo que para saber de un liensesito que se alló bajo de una piedra en un fuertito que estaba sercando en cada de María Teresa, que se lo manifestó a Visente Ortelano a quien se lo daba que lo quitara, que ese era su ánimo, pero que se lo dio a su madre que lo supo Miguel Gerónimo de Analla por habérselo dicho el referido Visente y pidió ayuda a su madre. Que la dicha María Teresa le preguntó después que, qué liensesito se abía allado en su sercado y le dixo lo havía llevado para quemarlo y en ese concepto quedó ella ____ piensa de que [F.10v] Gran fragmento que no se entiende
Preguntado que si conoce a los yndios y de donde son, dixo que no los conose pero que le preguntó a uno que no se acuerda como se llama que havía bido en el puesto de Ystla, un yndio tuerto lla debi edad, cómo se llama? Y le dijo que Mario, que bolbió a preguntarle, y otro yndio más biejo que anda con el cómo se llama? Y le respondió que Gaspar, que eran malisiosos que no le preguntó otra cosa y esto es lo que save so cargo del juramento que tiene echa en que se ratificó, dijo ser de más de sesenta años de edad y no firmó porque dixo no saber.
Juan Manuel de Villegas [rúbrica]
Pasó ante mi
Manuel Ignacio de Olguera [rúbrica]
Notario del santo oficio
[F.11r]
[al margen 1zquierdo] Número 8 revisión del número _
En dicho día por la tarde paresió siendo llamado Francisco Rodrígues de calidad mulato, de ofisio sapatero, de zinquenta y ocho años de edad, casado con María Gertrudis Romero, besinos del puesto del xin con del Purgatorio, el qual estando presentes, ante las personas honestas arriba referidas, le fue resibido juramento en forma y prometió desir verdad.
Preguntado si se aquerda haver depusto ante algún comissario, alguna persona, dixo que sí, que ante su mersed a pocos días que abía llebado un recado, que le dio María Teresa la Molla, para Josef de la Virgen y refirió en sustansia su dicho y pidió se le leiese.
Fuele dicho que el señor fiscal del santo ofisio le presenta por testigo ad perpetuam rei memoriam causa que trata con María Teresa la Molla que esté atento y se le lera su dicho y si en el huviere que alterar, añadir o quitar lo haga y que en todo diga la berdad y se afirma y ratifica en ello, porque lo que haora dijere parará perjuisio a la dicha María Teresa. Y le fue leído de berbo ad berbum su dicho. Dixo que era su dicho y él lo havía dicho según lo había dicho y no tenía que añadir, ni quitar y estaba bien asentado, era esto la verdad en que se ratificó encargosele el secreto y no firmó por que dixo no saber y lo firmó dicho señor comissario con las personas honestas de que doi fee.
Bachiller Juan Manuel de Villegas [rúbrica]
Bachiller Juan de Dios Castiblanque [rúbrica]
Bachiller Manuel Tadeo Gonzáles [Rúbrica]
Pasó ante mí:
Manuel Ignacio de Olguera [rúbrica]
Notario del santo oficio
[nota inferior izquierda] Número 9 ratificación del número 5
En dicho día por la tarde paresió siendo llamado Josef [F.11v] de la Virgen Gonzáles Granados de calidad yndio casique, casado con Bernarda Antonia Garsia del Catillo, besino del pueblo de Chamaquero, de ofisio sastre, de edad de quarenta y ocho a quarenta y nuebe años. El qual estando presente ante las personas honestas arriba referidas, le fue resibido juramento en forma y prometió desir berdad.
Preguntado si había depuesto ante algún comissario sobre alguna persona, dixo que ante su mersed tenía echa una declaración contra María Teresa la Molla y en sustentia contenía lo que declaró y pidió se le leiera.
Fuele dicho que el señor fiscal del santo ofisio le presenta por testigo ad perpetuam rei memoriam en causa que trata con la dicha María Teresa que esté atento y se le lerá su dicho y si en el tuviera que alterar, añadir o enmendar, lo haga de manera que en todo diga berdad. Y siéndole leído y haviendolo oído y entendido dixo que aquello era su dicho y él lo había dicho según se le había leído y estaba bien dicho y asentado y no tenía que añadir, ni quitar, que como estaba y afirmó y si nesesario era lo desía de nuebo, no por odio que tenga a la dicha María Teresa, sino por descargo de su consiensia encargosele el secreto, lo prometió y lo firmó.
Bachiller Juan Manuel de Villegas [rúbrica]
Bachiller Juan de Dios Castiblanque [rúbrica]
Bachiller Manuel Tadeo Gonzáles [Rúbrica]
Pasó ante mí:
Manuel Ignacio de Olguera [rúbrica]
[F.12r]
[cruz]
[Nota superior izquierda] Número 10 ratificación de 8 denunciados
En la villa de San Miguel el Grande por la tarde, en onze días del mes de abril de mil setecientos setenta y quatro años. Ante el señor comissario paresió Miguel Gerónimo de Analla besino del puesto que nombran del Purgatorio, jurisdicción de Chamaquero, de calidad mulato, de edad de treinta y cinco años, casado con María Guillermo Garzía, el qual estando presente por honestas y religiosas personas que lo son, el bachiller don Juan de Dios Castilblanque y don Manuel Gonzáles, clérigos presbíteros de esta villa que tiene jurado el secreto, fue resibido juramento en forma y según derecho, por Dios y la señal de la santa cruz y prometió desir verdad en lo que supiere y le fuere preguntado.
Preguntado si se acuerda haver depuesto ante algún jues contra persona alguna, sobre cosas tocantes a el santo ofisio. Que se aquerda haver dicho ante usted y de mi presente notario contra María Teresa de Molla, lo que refiere en un pliego de papel feirmado de su puño y pidió se lo leiese. Fuele dicho que se le hase saber que el señor fiscal del santo ofisio le presenta por testigo ad perpetuam rei memoriam en una causa que trata con María Teresa la Molla que esté atento y se le lera todo y si en ello huviere que alterar o añadir lo haga de manera que en todo diga la berdad y en toda se ratifique en ella porque lo que haora dijere parará perjuisio a la dicha María Teresa y le fue leído de berbo ad berbum y le fue manifestado el lienzesito y dije que todo era lo que había presentado y declarados vuestra merced y no tenía que alterar, añadir ni quitar porque como estaba era berdad y en ello se afirmaba y afirmó, ratificaba y ratificó y si necesario era [F.12v] lo desía de nuevo contra la dicha María Teresa, no por odio, sino por descargo de su consiensia encargosele el secreto en forma, porometiolo y lo firmó de su nombre.
Bachiller Juan Manuel de Villegas [rúbrica]
Miguel de Anaya [rúbrica]
Bachiller Juan de Dios Castiblanque [rúbrica]
Bachiller Manuel Tadeo Gonzáles [Rúbrica]
Pasó ante mí:
Manuel Ignacio de Olguera [rúbrica]
[margen izquierdo] número 11 ratificación del número 2
En dicho día por la tarde paresió siendo llamado Francisco de la Cruz Coreque, de ofisio zapatero, casado con María Teresa, yndio ladino, de edad de sesenta años poco más, besino del puesto de Guadiana en esta villa.
Preguntado si se aquerda haver depuesto de alguna persona tocante a cosa perteneciente a el santo ofisio dixo que ante su mersed havía declarado lo que le pasó habiendo ido a casa de Miguel Gerónimo de Analla, refirió en sustansia su dicho y pidió se le leiese. Fuele dicho se le hase saber que el señor fiscal del santo tribunal le presenta por testigo ad perpetuam rei memoriam en una causa que trata con María Teresa la Molla, que esté atento y se le lerá su dicho y si en ello hubiere que alterar, añadir, o quitar, lo haga de manera que en todo diga berdad porque de lo que ahora dijere le parará perjuisio a la dicha María Teresa la Molla y le fue leído de berbo ad berbum su dicho, dixo que era su dicho y él lo havía dicho según se le ha leído y está bien escrito y an contado y era la berdad y en ello se afirmaba y afirmó y si necesario era lo desía de nuebo, no por odio, sino, por descargo de su conosiensia y no firmó porque dixo no saber.
Bachiller Juan Manuel de Villegas [rúbrica]
Bachiller Manuel Tadeo Gonzáles [Rúbrica]
Bachiller Juan de Dios Castiblanque [rúbrica]
Pasó ante mí:
Manuel Ignacio de Olguera [rúbrica]
[F.13r]
[margen izquierdo] número 12
[cruz]
En la villa de san Miguel el grande en dose días del mes de abril de este presente año comparesió siendo llamado Visente de la Cruz ____________________________________ de edad de más de beinte y seis años ____________con del Purgatorio _____________ en casa de Miguel Gerónimo de Analla, hizo juramento a la señal de la santa cruz de desir berdad en lo que supiere y le fuere preguntado y diciendole sobre si sabía para que era llamado, dixo que sería para que diga lo que sabe tocante a un lienzo en que están unas figuras con sus letreros y de ______ que estando Juan Manuel Albino, yndio, soltero, ladino, sercandole un berjel a María Teresa Molla se alló un lienzo a orillas de una ierba buena y estaba debajo de una piedra, se lo enseñó a el que declara y le dijo lo que era, por los letreros que leeio al dicho Albino y le dijo que era el santo rey, el árbol de la bida y el espíritu maligno y le dixo que no era nada bueno eso, que lo llebara y lo quemara y no lo quemó, sino que permanesió en poder de Miguel Gerónimo su amo y a los ocho días de allado se le ofreció el ir a comprar ____ sigarros a casa de María Teresa la Molla, quien le dixo ben a ___ me as de desir la berdad, io sé que ______ halo un papel en mi guerto , no se lo llevaste o Albino lo llebo porque ese papel (que así le dise ella) era de unos titiriteros y que porque no se lo habían ensenado quando lo habían allado Albino, para que bieramos nosotros que ella lo havía de quemar a bista de nosotros y le dixo la dicha María Teresa y su tú lo llevaste dime la berdad, si se lo entregaste a mi compadre [F.13v] [cruz] Miguel de Analla y si mi compadre lo manifiesta a la santa ynquisisión, aunque tú no sabes ni Albino sabe enechisar e de desir que todos tres sabemos pues e de desir que tú, Albino y lla sabemos ya una bes yo perdida he de desir que los dos me alludan a mi y le respondió el que declara que no era lo más que lo dijera que la berdad había de salir, que no le havía de baler a ella eso y le respondió ella que ella tenía la fama de echisera y que con el lienzo se acababan de afirmar que esto pasó por la mañana estando solos, la dicha María Teresa y el que declara y esta es la berdad por el juramento que tiene echo y siéndole leído dixo que estaba bien escrito y que no lo dise por odio, prometió el secreto y firmolo de su nombre.
Bachiller Juan Manuel de Villegas [rúbrica]
Bachiller Manuel Tadeo Gonzáles [Rúbrica]
Bachiller Juan de Dios Castiblanque [rúbrica]
Pasó ante mí:
Manuel Ignacio de Olguera [rúbrica]
[al margen izquierdo] número 13 ratificación del número 12
En la villa de san Miguel el grande en dies y seis días del mes de abril el grande en dies y seis días del mes de abril de mil setesientos setenta y quatro años. Comparesió siendo llamado Visente de la Cruz, yndio, ladino, de edad de más de beinte y seis años, residente en el rincón que llaman del Purgatorio, en casa de Miguel Gerónmo de Analla, quien hizo juramento a Dios y la señal de la santa cruz de desir berdad en lo que supiere y le fuere preguntado y siéndole dicho si ____ querer a haber depuesto de alguna persona o ___ tocante alguna cosa pertenesiente a el santo ofisio, dixo que de a pocos días ante su merced havía declarado lo que le pasó a solas con María Teresa la Molla. Fuele dicho se le hase [F.14r] saber que el señor fiscal del santo ofisio le presenta por testigo ad perpetuam rei memomoriam en una causa que trata contra la dicha María Teresa, que esté atento y se le lerá su dicho y si en ello huviere que añadir o quitar lo haga de manera que en todo diga berdad y le fue leído de berbo ad berbum y lo había dicho como se le havía leído y estaba escrito y era la verdad y en ello se afirmaba y se afirmó y si neserario era lo desía de nuebo, no por odio, sino por descargo de su consiensia prometió el secreto y lo firmó.
Bachiller Juan Manuel de Villegas [rúbrica]
Visente del la Cruz [rúbrica]
Bachiller Manuel Tadeo Gonzáles [Rúbrica]
Bachiller Juan de Dios Castiblanque [rúbrica]
Pasó ante mí:
Manuel Ignacio de Olguera [rúbrica]
En dicho día, mes y año en bista de la diligensias que se han practicado, en birtud de las denunsias echas por Miguel Gerónimo de Analla y Josef de la Virgen Gonzáles Granados, con sus ratificasiones hechas por los contestes a esepsión de la de Bernabé Antonio Mondragón, cuia declarasión consta a el número tersero de estas diligensias y no su ratificasión porque haunque se ha solisitado no se ha conseguido, por lo que y no demoran las diligensias se remiten a el santo tribunal para que en su bista determine su señoría y determine lo que fuere de su superior agrado y por este su auto, hasí lo probelló y mandó de que doi fee.
Bachiller Juan Manuel de Villegas [rúbrica]
Pasó ante mí:
Manuel Ignacio de Olguera [rúbrica]
[F.14v]
[En blanco]
[F.15r]
[margen izquierdo]
Santo oficio de México abril de 1774
Señores inquisidores Visente Vallejo
Y vistas por los mismos señores dixeron que puestas las notas correspondientes en el rexistro se pongan por ahora en su lugar. [rúbricas]
[margen derecho]
Autos
Ilustrisimo señor
El inquisidor fiscal con vista de estos autos la denuncia contra María Theresa la Moya de calidad mulata, remitidos por el comisario de san Miguel dise que referida/ referida la denuncia en la ____ y en el modo y cotejados los dichos ______ no halla fundamento para que se ____ esta causa contra la denunciada ____ únicamente para que al demandante Miguel Anaya y a Josef de la Virgen Gonzáles _____ se responda seguramente de ____ que movían sus respectivas denuncias mandando que estos autos refue____ por otra y pongan en su lugar.
Para fundar esta denuncia dar argumento las dos denuncias _____ de los mismos tiempos y modos de haver preguntado al comisario Miguel de Anaya la que ___ de Josef de la Virgen [F. 15v] el año de su firma y tres y las confor___ entre estos denuncias que ____ __________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Y sobre todo que el hecho solo recuerda ___________________------- ___________________ la denuncuada conduce a preguntar más [no le entiendo a la letra]
[F.16r]
Blanco
[F.16v]
Blanco
[F.17r y 17v]
Blanco
[F.18r]
Blanco